RÉGIMEN DE VISITAS
RÉGIMEN DE VISITAS
El
régimen de visitas se encuentra regulado por el Código de los Niños y
Adolescentes, así como en el Código Civil. En este blog, trataremos de explicar
todo lo que se necesita saber sobre el régimen de visitas en Perú.
¿Qué es el Régimen de Visitas?
El
régimen de visitas es el derecho y el deber de los padres que no tienen la
custodia de mantener contacto con sus hijos, a pesar de no vivir con ellos.
Este derecho también puede extenderse a otros familiares cercanos, como abuelos
y hermanos, siempre que sea en el mejor interés del menor.
Establecimiento del Régimen de
Visitas
El
régimen de visitas puede establecerse de dos formas principales:
1. Por Acuerdo Mutuo:
Los
padres llegan a un acuerdo sobre cómo se llevarán a cabo las visitas,
incluyendo así la frecuencia, duración y condiciones. Este acuerdo debe ser
determinado por un juez para tener validez legal.
2. Por Decisión Judicial:
Cuando
los padres no llegan a un acuerdo, el juez de familia tendrá que intervenir para
establecer un régimen de visitas que considere lo mejor para el menor.
El
juez evaluará varios factores, como la edad del niño, su relación con ambos
padres y las condiciones de cada progenitor.
Factores que Considera el Juez
El
juez toma en cuenta diversos factores para determinar el régimen de visitas,
tales como:
- Edad y Necesidades del Menor: Las visitas deben adaptarse a la etapa
de desarrollo y las necesidades específicas del niño.
- Relación con los Padres: Se evalúa la calidad de la relación del
menor con ambos padres.
- Disponibilidad de Tiempo: Se consideran los horarios de trabajo.
Modalidades del Régimen de Visitas
El
régimen de visitas puede adoptar diversas modalidades, entre las que se
incluyen:
-
Visitas Periódicas: Pueden
ser diarias, semanales o quincenales, dependiendo de lo que el juez considere
más adecuado.
-
Visitas Supervisadas: En
casos donde exista algún riesgo para el menor, las visitas pueden ser
supervisadas por un tercero designado por el juez.
Modificación
del Régimen de Visitas
El
régimen de visitas no es inmutable y puede ser modificado si las circunstancias
cambian significativamente. Por ejemplo, si uno de los padres se traslada a
otra ciudad, si el menor expresa un deseo fundamentado de cambiar el régimen, o
si hay un cambio en las condiciones de vida de los padres. La modificación debe
ser solicitada ante el juez, quien evaluará las nuevas circunstancias.
Incumplimiento del Régimen de Visitas
El
incumplimiento del régimen de visitas por parte del progenitor custodio puede
tener consecuencias legales. Entre las medidas que puede tomar el juez están:
-
Multas: El juez puede
imponer multas al progenitor que impida las visitas.
-
Cambio de Custodia: El
incumplimiento reiterado puede llevar a un cambio de custodia.
- Medidas Coercitivas: El juez puede ordenar medidas que aseguren el cumplimiento del régimen de visitas.
Muy informativo, gracias. 🙌
ResponderEliminarMuy buena información
ResponderEliminarConsidero que las multas son correctas cuando el progenitor impide las visitas, quizá uno de los procesos más difíciles de afrontar.
ResponderEliminarMuy buena información 🙌🏻
ResponderEliminarGracias por la información, tendré que llegar a arreglos legales con el padre de mis hijos.
ResponderEliminarInteresante ✨
ResponderEliminarla información es muy precisa y tener buen conocimiento en los casos legales.
ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarInteresante información, estos temas son importantes para el conocimiento público. 👏
ResponderEliminarMuy informativo, para conocer más del régimen de visitas
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