DIVORCIO

EL DIVORCIO



El divorcio es una decisión significativa que implica el fin legal de un matrimonio. Este que es  el proceso de divorcio está regulado por el Código Civil y puede llevarse a cabo de diferentes maneras según las circunstancias específicas de la pareja. A continuación, ofrecemos información sobre el divorcio , sus tipos, requisitos y procedimientos.


El divorcio esta regulado en nuestra legislación civil:

Artículo 348 .- El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio.

El divorcio es la disolución del matrimonio de los esposos en vida. Tal disolución corresponde a una necesidad práctica; la observación demuestra que, dentro de un cierto número de casos, los dos esposos o uno de ellos no desean más continuar la unión que el matrimonio había consagrado. Existe allí un fenómeno sociológico, verificado en todo momento y que se puede constatar. (Bénabent, 2003, p. 153)

¿Cuáles son los tipos de Divorcio ?

Existen dos tipos de divorcio: el divorcio por mutuo acuerdo y el divorcio por causal. 

 - El divorcio por Mutuo Acuerdo: Este es un proceso más efectivo ya que es el más rápido y sencillo,  ambas partes están de acuerdo en finalizar el matrimonio. Los pasos a seguir son:

1. Presentar la Solicitud Conjunta:

Ambas partes deben presentar una solicitud conjunta de divorcio ante el Juzgado de Paz  correspondiente.

2. Requisitos:

 Es necesario adjuntar el acta de matrimonio, las partidas de nacimiento de los hijos menores (si los hay), y un convenio regulador que estipule cuáles serán los aspectos tal como la tenencia de los hijo, la pensión alimenticia, y la distribución de bienes.

3. Audiencia:

El juez tendrá que programar  una audiencia donde verificará que ambos cónyuges están de acuerdo con el divorcio y que ya se han cumplido todos los requisitos.

4. Resolución:

Si todo está en orden, el juez emitirá una resolución declarando el divorcio.

- Divorcio por Causal

Según nuestro Código Civil:

"Artículo 349.- Puede demandarse el divorcio por las causales señaladas en el Artículo 333, incisos del 1 al 12.”

De acuerdo a la normativa:

Artículo 333.- Son causas de separación de cuerpos:

1. El adulterio.

2. La violencia física o psicológica, que el juez apreciará según las circunstancias.

3. El atentado contra la vida del cónyuge.

4. La injuria grave, que haga insoportable la vida en común.

5. El abandono injustificado de la casa conyugal por más de dos años continuos o cuando la duración sumada de los períodos de abandono exceda a este plazo.

6. La conducta deshonrosa que haga insoportable la vida en común.

7. El uso habitual e injustificado de drogas alucinógenas o de sustancias que puedan generar toxicomanía, salvo lo dispuesto en el Artículo 347.

8. La enfermedad grave de transmisión sexual contraída después de la celebración del matrimonio.

9. La homosexualidad sobreviniente al matrimonio.

10. La condena por delito doloso a pena privativa de la libertad mayor de dos años, impuesta después de la celebración del matrimonio.

11. La imposibilidad de hacer vida en común, debidamente probada en proceso judicial.

12. La separación de hecho de los cónyuges durante un período ininterrumpido de dos años. Dicho plazo será de cuatro años si los cónyuges tuviesen hijos menores de edad. En estos casos no será de aplicación lo dispuesto en el Artículo 335.

13. La separación convencional, después de transcurridos dos años de la celebración del matrimonio." 

Se solicita cuando uno de los cónyuges no está de acuerdo con la disolución del matrimonio o existen razones específicas que justifican la separación. Algunas de las causales incluyen:

- Infidelidad.

- Violencia familiar.

- Abandono injustificado del hogar.

- Conducta deshonrosa o inmoral.

- Enfermedad grave que haga imposible la convivencia.

¿Cuáles son los procedimientos a seguir?

1. Presentación de la Demanda:

 El cónyuge tendrá que solicitar el divorcio,  presentando una demanda ante el Juzgado de Familia, indicando la causa y adjuntando pruebas que la sustenten.( grabaciones , videos, fotos, etc.).

2. Notificación al Otro Cónyuge:

El juzgado notificará al otro cónyuge, quien tendrá que contestar la demanda y así presentar sus propios argumentos con sus respectivas pruebas.

3. Audiencia:

El juez tendrá que citar a ambas partes a una audiencia para escuchar sus argumentos y revisar las pruebas que ambas partes presentaron.

4. Resolución: 

Tras evaluar el caso, el juez emitirá una resolución que puede declarar el divorcio si se comprueba la causal.

Documentos Necesarios para el Divorcio

- Acta de Matrimonio:

Copia certificada del acta de matrimonio.

-Pruebas (para divorcio por causal):

Cualquier evidencia que respalde la causal invocada (testimonios, informes médicos, etc.).

 Consecuencias Legales del Divorcio

Tengamos en cuenta que el divorcio no sólo disuelve el vínculo matrimonial, sino que también tiene otras implicaciones legales:

- Tenencia y Régimen de Visitas:

 Se establece quién tendrá la custodia de los hijos menores y cómo se regularán las visitas del otro progenitor.

- Pensión Alimenticia:

Se determina la pensión que uno de los cónyuges deberá proporcionar para el mantenimiento de los hijos menores.

- Distribución de Bienes:

Se realiza la división de los bienes adquiridos durante el matrimonio conforme a los acuerdos o la ley.


Conclusión

Si estás considerando el divorcio o ya estás en medio del proceso, recuerda que es esencial buscar apoyo emocional (psicólogos)y legal (abogados)para manejar adecuadamente esta transición y así poder asegurar el bienestar de todos los involucrados.

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Comentarios

  1. Muchas gracias por la información, soy una mujer divorciada ya que mi pareja me fue infiel y la verdad no sabía que existía tipos de divorcio.

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  2. Hola gracias por precisar la información.

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  3. Muchas gracias, ahorita mismo me divorcio

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  4. Es muy buena la información, nos explica con exactitud cada punto sobre el divorcio.

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  5. muy buena información, desconocía de los documentos para divorciarme, ahora lo podré hacer

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